Derecho a leer

  • CARTA DEL LIBRO

    I. TODOS TIENEN DERECHO A LEER

    La sociedad debe proporcionar a todos los hombres la oportunidad de gozar del beneficio de la lectura.
    II. LOS LIBROS SON INDISPENSABLES PARA LA EDUCACIÓN.

    III. LA SOCIEDAD TIENE EL DEBER ESPECIFICO DE CREAR CONDICIONES PROPICIAS PARA LA ACTIVIDAD CREADORA DE LOS AUTORES.
    IV.
     UNA VIGOROSA INDUSTRIA EDITORIAL ES INDISPENSABLE PARA EL DESARROLLO NACIONAL
    V.
     UNOS EQUIPOS ADECUADOS DE FABRICACIÓN SON INDISPENSABLES PARA LA INDUSTRIA EDITORIAL
    VI.
     LOS LIBREROS PRESTAN UN SERVICIO FUNDAMENTAL DE ENLACE ENTRE EL EDITOR Y EL LECTOR
    VII.
     LAS BIBLIOTECAS SON UN MEDIO VALIOSISIMO PARA LA DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DEL CONOCIMIENTO, PARA EL DISFRUTE DEL SABER y DE LA BELLEZA.
    VIII.
     LA DOCUMENTACIÓN PRESTA A LA CAUSA DEL LIBRO UN VALIOSO SERVICIO AL REUNIR Y PONER A DISPOSICIÓN DEL PUBLICO EL MATERIAL BÁSICO DE CONSULTA.
    IX.
     LA LIBRE CIRCULACIÓN DE LOS LIBROS ENTRE LOS PAISES CONSTITUYE EL COMPLEMENTO IMPRESCINDIBLE DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y FAVORECE LA COMPRENSIÓN INTERNACIONAL
    X.
     LOS LIBROS SIRVEN A LA CAUSA DE LA COMPRENSIÓN INTERNACIONAL Y LA COOPERACIÓN PACIFICA
    «Puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres -dice la Constitución de la Unesco-, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz.» El libro constituye una de las principales defensas de la paz, por razón de su enorme influencia en la creación de un clima intelectual de amistad y mutua comprensión. Todos aquellos que, de un modo u otro, se hallan relacionados con el, tienen la obligación de velar para que su contenido favorezca el pleno desarrollo de las capacidades individuales, el progreso económico y social, la comprensión internacional y la paz.

    Aprobado en Bruselas, a 22 de octubre de 1971, por el Comité de Apoyo al Año Internacional del Libro